Como es habitual la ley de presupuestos anual sirve de coladero para introducir reformas en multitud de leyes “de rondón”, sin que apenas nadie se entere y en este caso de un modo muy pero que muy parcial.
Como ya sabemos hace un par de años al gobierno actual se le ocurrió la feliz idea de suprimir la pensión de viudedad a cuantas mujeres separadas o divorciadas, que no cobrarán pensión compensatoria, se encontraran con el desgraciado fallecimiento de su exmarido. Ello se hizo además sin restricciones, sin periodos de transición y afectando a todo tipo de mújeres y situaciones vitales de las mismas.
La protesta de los colectivos de viudas en particular y mujeres en general fue generalizada. Desde la Asociación de mujeres Amparo POCH TAMBIEN ALZAMOS NUESTRA VOZ. Y desde el Ayuntamiento de Zaragoza, Chunta Aragonesista consiguió que se aprobara esta moción, esta iniciativa, para que el Estado empiece ya a revisar las pensiones.
Con la aprobación de ley 26/09 de 23 diciembre de Presupuestos Generales del Estado para el año 2010, se intenta paliar EN ALGO esta situación. Así se reconoce el derecho a pensión de viudedad en aquellos casos en que se cumplan los siguientes requisitos:
a) Entre la fecha de separación o divorcio y la de fallecimiento no hayan transcurrido más de diez años.
b) El matrimonio entre ambos exconyuges hubiera durado al menos diez años
Y ADEMAS, una de las dos condiciones siguientes: (una de las dos es suficiente)
a) Tener hijos comunes
b) Tener edad superior a los 50 años en la fecha en que falleció el causante.
Como el tema es un tanto enrevesado, facilitamos nuestra dirección de correo por si alguna lectora precisa alguna aclaración:










